PREGUNTA
- Voy a alquilar una vivienda y me piden, además de la fianza, de otro mes de garantía y del alquiler del mes, que pague los honorarios de la inmobiliaria contratada por el propietario –no por mí- ¿Es legal?
Si es entre particulares, cabe tal pacto. Si, en tal caso, no se conviene de forma expresa (es decir, si usted no lo firma, en el contrato u otro documento), obviamente la agencia no le podrá exigir el pago a usted sino a la persona que la contrató, es decir, el propietario arrendador.
En cambio, si el arrendador es una persona jurídica (una empresa), la Ley de Arrendamientos Urbanos impide que a usted se le pueda repercutir ese coste desde la redacción dada a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) por Real Decreto ley 7/2019 de 1 de marzo.
La norma establece que los gastos de gestión inmobiliaria y formalización de contrato de arrendamiento corren a cargo del arrendador, si es persona jurídica, sin que sea válido un pacto en contrario. Es importante que se lean y comprendan bien todas las cláusulas de contenido económico y que se incluya de forma expresa los importes, huyendo de asumir obligaciones económicas "en blanco".